Análisis
de la variación del IPC en diciembre y sus efectos sobre el poder
adquisitivo de los trabajadores.
Mter.
Ec. Antonio Elías – Asesor de COFE
El IPC de
diciembre fue – 0,73 %, provocando que la inflación anualizada que
fue 9,03% de noviembre 2011 a noviembre 2012 cayera a 7,48% de
diciembre 2011 a en diciembre a 2012. Esta caída puntual
de la inflación anualizada tiene impactos negativos para todos los
trabajadores: por un lado, porque la variación anual del IPC es un
elemento central para la determinación de los salarios, tanto de
privados como de públicos; por otro lado, porque incide en el valor
de las Bases de Prestaciones y Contribuciones (BPC) que se utiliza
para la determinación del mínimo no imponible del IRPF, cuanto
menor sea la inflación menor será el aumento de dicho mínimo.
Desde ya
señalemos lo obvio, la inflación implica una pérdida de poder
adquisitivo para los trabajadores y, por tanto, las medidas que tome
el gobierno para reducirla y preservar el poder adquisitivo de los
trabajadores y pasivos son compartibles. Este no es el caso actual,
por eso se subraya que es una caída puntual de la inflación porque
estos valores no reflejan un proceso de caída del IPC que se pueda
sostener en el tiempo, ni siquiera en el próximo mes.
En este
informe se analiza los impactos que dicha evolución del IPC tiene
sobre los trabajadores de la Administración Central, los cuales
ajustan sus salarios el primero de enero de cada año a partir de una
metodología basada en la inflación futura. Dicha metodología
sustituyo los ajustes salariales basados en la inflación pasada -
con el argumento de que así se evitaría que la inflación se
propague de un año para el otro – se explicita en el Art. 4 de la
Ley de Presupuesto que se presenta a continuación.
“ARTÍCULO
4º.- El Poder
Ejecutivo adecuará anualmente las remuneraciones de los funcionarios
comprendidos en los Incisos 02 al 15 con el propósito de mantener el
poder adquisitivo del trabajador público, sin perjuicio de los
incrementos adicionales particulares que se encuentren financiados en
las normas presupuestales correspondientes, efectuándose la próxima
adecuación el 1º de enero de 2011.
Los
ajustes serán realizados tomando en consideración la meta de
inflación fijada por el Comité de Coordinación Macroeconómica
para el período de vigencia del aumento, de acuerdo con lo previsto
en el artículo 2º de la Ley Nº 18.401, de 24 de octubre de 2008,
con la modificación introducida por el artículo 3º de la Ley Nº
18.670, de 20 de julio de 2010, y las disponibilidades del Tesoro
Nacional. En caso que la meta de inflación se establezca en términos
de un rango, se tomará en consideración el centro del mismo.
Los
ajustes deberán incluir, asimismo, un correctivo que tome en cuenta
la diferencia en más que se hubiere registrado entre la variación
observada del Índice de Precios al Consumo (IPC) confeccionado por
el Instituto Nacional de Estadística durante la vigencia del ajuste
anterior y el porcentaje de ajuste otorgado.”
En
síntesis el porcentaje de ajuste que reciben los trabajadores de la
Administración Central surge de la suma de: a) el llamado
“correctivo” que es la diferencia entre la inflación futura
proyectada por el propio gobierno, a través del Banco Central del
Uruguay, y la variación del IPC que calcula el Instituto Nacional de
Estadísticas (INE); b) la inflación futura estimada para el próximo
año como el centro del rango meta de inflación.
La
descripción de la metodología muestra que el ajuste salarial de
estos trabajadores queda determinado, básicamente, por el gobierno a
través de la inflación futura, variable elegida discrecionalmente y
que no está sujeta a ningún tipo de negociación con los
trabajadores. Dicha situación, a pesar de ser muy mala, tiene un
límite cuando el INE calcula la variación anual del Índice de
Precios al Consumo.
Este año
la situación empeoró sustancialmente cuando el gobierno actuó con
medidas políticas “heterodoxas” para que el IPC bajara en el mes
de diciembre. Actuó para frenar los aumentos de precios en la
División “Alimentos y bebidas no alcohólicas” que pesa en el
IPC 26% y para reducir los precios de la División “Vivienda”
que pesa un 13,7% en el IPC.
Las
medidas adoptadas fueron esencialmente dos: la primera, las
negociaciones de público conocimiento con los supermercados para que
no aumentaran los precios; la segunda, la medida “sorpresiva” fue
una reducción de las tarifas de energía eléctrica, con el Plan
“UTE Premia” provocando una caída en los precios de 19,21%
promedio. Esta última medida se desactiva automáticamente en enero,
cuando desaparece el descuento.
Lo
anteriormente descripto podría denominarse como un “maquillaje
estadístico”, no porque los técnicos del Instituto Nacional de
Estadística que calculan el IPC hayan adulterado los datos y los
resultados, sino porque las medidas tomadas por el gobierno “dibujan”
la evolución de la inflación provocando que los trabajadores no
recuperen los niveles de salario real que les corresponden para
mantener su poder adquisitivo.
Todos
estos elementos agravan una situación que ya había sido denunciada
por COFE respecto a que la meta de inflación futura es siempre menor
que la inflación real según demuestra el cuadro adjunto. En efecto,
la diferencia entre la inflación real y el rango meta entre 2008 y
2011 es 2,7% en promedio, lo que se refleja en una pérdida de poder
adquisitivo a lo largo del año equivalente a ese valor.
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Comparación meta de inflación
con inflación real
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INFLACION
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DIFERENCIA
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Rango Meta
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Centro Rango
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Real
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Absoluta
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Porcentual
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2008
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3 - 7%
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5%
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9,2%
|
4,2%
|
83,8%
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2009
|
3 - 7%
|
5%
|
5,9%
|
0,9%
|
18,0%
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2010
|
3 - 7%
|
5%
|
6,9%
|
1,9%
|
38,0%
|
2011
|
4 - 6%
|
5%
|
8,6%
|
3,6%
|
72,0%
|
Promedio
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2,7%
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53,0%
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Fuente: Elaboración propía en base a I.N.E.
y M.E. y F.
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Nota: En junio de 2011 el rango meta paso de
3-7% a 4-6%
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La pérdida
de poder adquisitivo de los salarios provocado por la inflación ha
sido explicada claramente utilizando el diagrama de triángulos que
se adjunta. En efecto, cuando al comenzar un nuevo año el salario
nominal aumenta también aumenta el salario real. Si el aumento es
igual a la inflación pasada se recupera el salario real en ese
punto, pero luego mes a mes, día a día, en la medida que aumentan
los precios cae el salario real. Estas pérdidas de poder adquisitivo
son mayores cuanto mayores son los niveles de inflación.
En el caso
de los trabajadores del Gobierno Central el “maquillaje
estadístico” implica un costo que se suma a los costos de estimar
en forma discrecional la “meta” de inflación futura.
El
siguiente ejercicio muestra las dimensiones de la pérdida sufrida
por ambos conceptos: subvaloración de la inflación futura y
“maquillaje de la inflación pasada.
Sí no se
subvalorara la “meta” de inflación futura la misma se estimaría
considerando la tendencia que surge de la información estadística
de los años anteriores, en ese caso el rango meta se ubicaría
entre 6% y 9%, ergo el medio del rango sería 7,5%. El gobierno,
sin embargo, marca un rango meta inalcanzable entre 4 % y 6%, el
medio de la banda es 5%. La pérdida por este motivo sería de 2,5%,
dado que el ajuste debería ser de 7,5% de inflación futura, a lo
que debe adicionarse el correctivo.
A dicha
pérdida se le suma la que deriva de “dibujar” la inflación
anual pasada, lo que reduce el correctivo de un 4% aproximadamente –
si se hubiera mantenido la inflación anualizada de noviembre 9,03%
menos el 5% fijado el año pasado como inflación futura- a un 2,
48%, resultado la diferencia entre la inflación puntual de 7,48% y
el 5%. La pérdida por este motivo es de 1,52%.
El ajuste
con los criterios del gobierno es de 7,48%, pero aplicando la
inflación futura estadísticamente esperable y corrigiendo el
“maquillaje” estadístico debería ser de 11,5%, resultado de
sumar 7,5% de inflación futura más 4% del correctivo. Con el
aumento otorgado por el gobierno no se recupera ni siquiera en enero
el poder adquisitivo del salario de los trabajadores de la
Administración Central y se aumentan las pérdidas de poder
adquisitivo a lo largo del año. En la siguiente gráfica se muestra
la pérdida de poder adquisitivo que provoca la inflación luego del
aumento nominal de enero.
El
triángulo que se produce entre la línea que muestra la evolución
del IPC y del salario nominal muestra en la gráfica la pérdida de
poder adquisitivo a lo largo del año 2012 y la estimada para el
2013.
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